martes, 8 de marzo de 2011

¿Es ilegal el Clipping? www.ilpglobal.es

¿Es ilegal que una compañía, con ánimo de lucro, facilite a su cliente todo lo que “sobre el propio cliente” salga en los medios de comunicación regularmente? ¿Y si lo que es objeto de es sobre un tema concreto y no sobre ese cliente? ¿Es irregular que en el ámbito de ese encargo profesional compile “recortes” o noticias escaneadas tal como han aparecido fielmente en los medios de comunicación?

¿Cuál es el criterio de los Tribunales en España en la actualidad?

Requisitos para que la recopilación de noticias de prensa sea considerada “cita”:
1.      Que la obra objeto de recopilación mediante su inclusión en reseña o revista, sean artículos periodísticos;
2.      Que dichas creaciones individuales se hayan incorporado a una obra colectiva de prensa escrita o digital;
3.      Que dichas aportaciones tengan un ánimo comercial.
4.      Que la actividad de recopilación consista en su básica reproducción;
5.      Que tal recopilación se realice con fines comerciales.
De esto se deduce que si la actividad carece de creatividad o esfuerzo creativo alguno que otorgue al resultado un valor distinto y superior que la mera recopilación de reproducciones, limitándose a extraer bien manual, bien informáticamente, el contenido de los periódicos de prensa escrita editados, tal debería estar autorizada o remunerada.

¿Responden estos criterios a la idea de retribuir al Autor? ¿O responden a la tesis de "Paquito el Chocolatero"? (Nota: cobrar en las bodas cada vez que se reproduce esta "obra de arte"; o sea, recaudar, recaudar y recaudar) http://www.ilpglobal.es/

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